Tribunal Supremo Clarifica sobre Funciones Combinadas en el Impuesto sobre Sociedades
La reciente sentencia del Tribunal Supremo, emitida el 2 de noviembre de 2023, ha generado importantes aclaraciones respecto a la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades.
En este caso, se revisa las remuneraciones de un director general con contrato laboral de alta dirección, también miembro del consejo de administración y no socio de la sociedad.
Contrario a prácticas anteriores, la sentencia establece de manera categórica que estas remuneraciones no deben considerarse como liberalidades, sino como una compensación legítima por servicios reales y efectivos bajo un contrato laboral de alta dirección. La jurisprudencia ahora afirma claramente que estas remuneraciones son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que estén vinculadas a una prestación de servicios genuina.
Esta decisión del Tribunal Supremo representa un cambio significativo en la interpretación de la deducibilidad de remuneraciones, proporcionando una mayor claridad y certeza para las empresas. La sentencia refuerza la importancia de la naturaleza real y efectiva de los servicios prestados, desestimando la idea de que el ejercicio combinado de funciones pueda afectar negativamente a la deducibilidad.
Además, la sentencia aborda la cuestión de los errores contables y establece un precedente importante al concluir que no es necesario anticipar el efecto impositivo en casos de errores que deberían reducir la base imponible del impuesto. Este aspecto adicional ofrece orientación adicional a las empresas al lidiar con errores contables y sus implicaciones fiscales.