
Stop the Clock: cambios en la CSRD y nueva cronología en sostenibilidad
¿Qué es el "Stop the Clock"?
“Stop the Clock” es título que acompaña a una de las propuestas de las Directivas de Sostenibilidad, y que define claramente uno de los objetivos del paquete Ómnibus: dar más tiempo a las empresas, acompañando este margen temporal, con una reducción de los requisitos iniciales de la CSRD así como un cambio de los umbrales.
Pero, ¿Cuál es la cronología de los cambios que se proponen, pendientes de aprobación? Y, ¿Cómo nos podrá afectar a las empresas españolas?
Vamos a empezar por la Directiva que nos para el reloj de la CSRD, la que modifica la Directiva (UE) 2022/2484 y (UE) 2024/1760, centrándose en las fechas en las cuales deberá aplicarse la CSRD y la Debida Diligencia.
Esta Directiva tiene el objetivo de asegurar a las empresas que quedan fuera de los nuevos umbrales, la certeza de no tener que soportar costes innecesarios, siempre que no quieran hacerlo de manera voluntaria, y dar más tiempo a las que se vean afectadas. En concreto, se plantea retrasar dos años.
Todos los países miembros tienen la obligación de trasponer la presente Directiva antes de 31 de diciembre de 2025.
¿Cuáles son los nuevos umbrales? Y, ¿Qué cambios son los más importantes para la mayoría de las empresas españolas?
La CSRD aplicará a las empresas con el requisito necesario de ser más de 1000 trabajadores/as y, aparte, deberá cumplir uno de estos dos: 50 millones de facturación o 25 millones de balance. Las empresas fuera de la UE estarán sujetas si generan ingresos superiores a 450 millones en la UE.
Las empresas dentro del alcance no podrán solicitar a las empresas de su cadena de valor que estén fuera del alcance de la CSRD, información que vaya más allá de la establecida en el estándar voluntario VSME.
- No habrá estándares sectoriales.
- Se elimina el requisito de aseguramiento razonable para el 2028.
- Se emitirán guías específicas para la verificación.
- Revisión del régimen de aplicación de la taxonomía (voluntario en el caso de tener menos de 450 millones de ingresos).
Se revisarán las normas de sostenibilidad ESRS, en seis meses que se apruebe esta Directiva, con el objetivo de:
- Eliminar contenidos,
- Priorizar “datapoints” cuantitativos vs cualitativos, y aclarar los obligatorios de los voluntarios/as.
- Simplificación de la estructura y mejorar la inter operatividad con los estándares globales de referencia.
La UE ha recomendado el uso voluntario del marco regulatorio para VSME publicado por el EFRAG, anunciando más indicaciones a esta recomendación en breve. La Directiva de Debida Diligencia también se ve modificada siguiendo la tendencia de reducción del alcance de esta y dando un año más a su aplicación.
¿Cuándo entrará en vigor la reducción de requisitos y umbrales?
Veinte días después de que se publique en el Diario de la Unión Europea, disponiendo los Estados miembros de doce meses para trasponer todos los cambios en forma de enmiendas a las Directivas ya traspuestas, pero recordemos que ahora es el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE los que deben aprobar la propuesta y podríamos tener modificaciones de la Propuesta realizada por la Comisión Europea.
La aprobación se producirá si al menos el 55% de los Estados miembros, que representen el 65% de la población dela UE, votarán a favor. ¡Esperemos a ver qué se aprueba!
¿Qué les pasará a las empresas españolas?
Primero, tenemos pendiente de aprobación de la CSRD que aún está en periodo de enmiendas, así mismo cuando se apruebe, de manera bastante automática, debería trasponer la Directiva “Stop the Clock” y, posteriormente, con más margen, trasponer las modificaciones a la CSRD en referencia a umbrales y cambios en los requisitos.