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Simplificación del MAFC: impacto en las PYMEs y cambios clave

Andrew Thurston, Baker Tilly Irlanda 5 mar 2025

La UE anuncia importantes simplificaciones en el MAFC que reduce la carga administrativa para las PYMEs.

El 26 de febrero, la Comisión Europea anunció su paquete ‘Ómnibus’, confirmando las simplificaciones del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC). El documento de propuesta y el Documento de Trabajo de los Servicios de la Comisión (SWD) fueron publicados al día siguiente, detallando las modificaciones al Reglamento MAFC 2023/956.

Baker Tilly Ireland ha revisado los puntos clave del documento de propuesta y proporciona el siguiente análisis:

Estos cambios responden a las discusiones sobre el alcance actual del MAFC y la carga administrativa que supone para las pequeñas y medianas empresas (PYMEs). La Comisión prevé que estas simplificaciones eliminarán el 91% de los importadores de la UE (aproximadamente 182.000 importadores) de los principales requisitos de presentación de informes del MAFC, manteniendo al mismo tiempo el acceso al 99% de los datos de emisiones asociados a las importaciones.

Es interesante destacar que la UE estima que la pérdida de ingresos por estos cambios será de solo 21 millones de euros en 2030, lo que confirma que el nivel actual de requisitos de cumplimiento para las pymes supera significativamente los beneficios reales en la agenda contra el cambio climático.

A continuación, analizamos cómo estas simplificaciones afectarán a los importadores PYMEs y qué obligaciones de cumplimiento seguirán vigentes. 

Las nuevas simplificaciones se dividen en cuatro categorías:

1
Autorización de los declarantes
2
Cálculo de emisiones
3
Requisitos en materia de información
4
Responsabilidad financiera

Principales simplificaciones:

Exención del MAFC

La propuesta confirma una exención para los importadores que introduzcan menos de 50 toneladas de productos MAFC (excluyendo electricidad e hidrógeno) por año natural.

El SWD confirma que la Comisión ha reconocido que las PYMEs están particularmente afectadas por los requisitos del MAFC, especialmente en la obtención de datos de sus proveedores, por lo que ha decidido introducir este umbral mínimo para abordar el problema. Se estima que esto supondrá un ahorro de costes de 831 millones de euros anuales para las pymes importadoras de la UE. Esta medida será una buena noticia para muchas pymes que hasta ahora tenían que presentar informes MAFC solo por recibir ocasionalmente productos sujetos a regulación.

El umbral ha sido calculado para cubrir el 99% de las emisiones incorporadas en bienes importados. El Anexo VII de la propuesta establece que el umbral será revisado cada mes de julio y, si la desviación supera las 5 toneladas, se ajustará en consecuencia.

Aunque muchas empresas quedarán por debajo del umbral de 50 toneladas, deberán conservar evidencia de la masa de bienes MAFC importados durante el año, ya que aún tendrán que presentar una declaración MAFC anual con el tonelaje total de bienes MAFC importados el año anterior. 

Eliminación de la arcilla no calcinada

Dado que la producción de arcilla no calcinada no es un proceso con intensidad de emisiones significativa, la Comisión ha decidido eliminar estos productos (código 2507 00 80) del MAFC.

Retraso en la venta de certificados MAFC

La venta de certificados MAFC se retrasa hasta el 1 de febrero de 2027, extendiendo el período de transición en 12 meses. Esto aliviará la presión sobre los importadores, ya que no tendrán que pagar por las emisiones de 2026 hasta 2027.

Ampliación de la definición de ‘Importador’

La propuesta amplía el alcance de la definición de "Importador", lo que podría afectar a las empresas de la UE que utilizan el régimen simplificado de Perfeccionamiento activo. La definición modificada incluye "o un documento de liquidación conforme al artículo 175(5) del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446". Las empresas de la UE que utilicen este régimen deberán evaluar si están obligadas a presentar informes MAFC a la UE. 

Además, se detalla la definición de "Operador" para incluir a una empresa matriz que controle una instalación en un tercer país, ya sea directa o indirectamente a través de una empresa subsidiaria. 

Representante Indirecto

El Artículo 5 del Reglamento MAFC aclara las obligaciones de un Representante Indirecto que solicite ser un declarante MAFC autorizado. También introduce la obligación de registrarse cuando un importador supere el umbral de 50 toneladas.

Extensión del plazo de presentación de informes

La fecha límite para la declaración MAFC anual, originalmente establecida en el 31 de mayo, ha sido ampliada hasta el 31 de octubre. Esto permitirá a los importadores contar con más tiempo para recopilar y presentar la información requerida.

Uso de datos de emisiones predeterminados

El SWD confirma que los importadores podrán elegir libremente entre usar valores predeterminados o datos reales de emisiones incorporadas. Esto permitirá a los importadores de la UE asignar valores predeterminados a los bienes comprados a pequeños proveedores extranjeros, simplificando así el cumplimiento del MAFC.

Además, la UE ha anunciado la eliminación del requisito de registrar los datos de emisiones en los "pasos finales de producción", ya que estos no generan emisiones significativas. Solo se reportarán las emisiones de los precursores si se utilizan datos reales.

Precursores de la UE

El SWD confirma que existe una carga de cumplimiento significativa en las cadenas de suministro cuando las materias primas exportadas desde la UE se utilizan para producir bienes terminados que luego son vendidos nuevamente en la UE.

Para aliviar esta carga, cuando los precursores de la UE estén cubiertos por el ETS de la UE, el importador podrá atribuir emisiones incorporadas cero a dichos precursores en el informe MAFC.

Se espera que esto reduzca considerablemente la carga administrativa tanto para los operadores extranjeros como para los importadores de la UE, ya que solo se requerirá un desglose de los pesos de los precursores en el proceso de informe. 

Conclusión

En general, la Comisión Europea ha demostrado flexibilidad al modificar la legislación del MAFC a medida que se dispone de más datos para evaluar los desafíos administrativos y los riesgos operativos.

Para los importadores PYMEs, el primer paso será confirmar si cumplen con el umbral de 50 toneladas, lo que reduciría su cumplimiento MAFC a un informe anual básico. Para las empresas más grandes, la opción de usar datos predeterminados, incluso para proveedores extranjeros más pequeños, podría generar eficiencias en la gestión del MAFC y será una simplificación bienvenida.

Recomendamos que los importadores de productos MAFC analicen estas simplificaciones y comiencen a evaluar cómo implementarlas para reducir la administración y la gestión con proveedores extranjeros.

La colaboración con los proveedores será clave, ya que se espera que surjan discusiones sobre el suministro de datos y el uso de valores predeterminados para evitar cálculos complejos que han sido una gran carga en la cadena de suministro.

Desde la red Baker Tilly International en Irlanda y Reino Unido publicaron previamente un artículo sobre este asunto que puede consultar aquí. 

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