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Responsabilidad empresarial en el caso de accidente

Ana Ascanio 14 jun 2021

Actuaciones por parte de todo empresario a fin de garantizar la seguridad de sus trabajadores.

Somos conscientes de que algunos sectores o actividades, como los trabajadores que permanecen en una oficina, no registran un alto grado de siniestralidad. No obstante, recuerden que la obligación es para todo tipo de empresa y que las sanciones no distinguen sectores de actividad sino cumplimiento o no de la normativa. Además, y sin ánimo de ser alarmistas, nos consta que se está iniciando una nueva campaña por parte de la Inspección de Trabajo a fin de controlar que todas las empresas cumplen con lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Por ello nuestra recomendación debe ser que estén al día en esta materia y, en caso necesario, contacten con su servicio de prevención a fin de subsanar lo que sea necesario.

Llegado el caso en que, a pesar de tener toda la actividad preventiva al día, se produzca un accidente laboral, será necesario determinar si existe o no responsabilidad empresarial, pues no todo accidente comporta una responsabilidad por parte del empresario, ni todo accidente exime de responsabilidad a la empresa por el mero hecho de cumplir las obligaciones formales que contempla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Así, por ejemplo, y tomando como referencia algunos supuestos resueltos por nuestros tribunales, veamos cuándo existe responsabilidad empresarial y cuándo no.

Existe responsabilidad:

En el desarrollo habitual del trabajo, es posible que algunos empleados se relajen y que, por descuido o exceso de confianza, no adopten las medidas de seguridad necesarias para desarrollar sus tareas. Si en esta situación sufren un accidente la empresa será responsable, aun cuando hubiese adoptado las medidas de seguridad pertinentes y pueda demostrarse que ha habido negligencia por parte del trabajador.

Esto es así porque la empresa está obligada a vigilar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos, y dentro de este deber de vigilancia se incluye también la obligación de prever descuidos o excesos de confianza por parte de los trabajadores. Obviamente quedarían fuera los supuestos de temeridad por parte de los mismos.

Por tanto, y poniendo un ejemplo, en el caso de un trabajador que no desconecta una máquina para manipularla, sufriendo un accidente por ello, la empresa será responsable, ya que estas situaciones son previsibles.

En cambio, si un trabajador sufre un accidente mientras se desliza por el pasamanos de unas escaleras en lugar de bajarlas correctamente, o sufre una descarga porque estaba compitiendo con sus compañeros para ver quién aguantaba más la electricidad (a veces la realidad supera a la ficción porque les aseguramos que son casos reales gestionados por nuestros profesionales), no habría ningún tipo de responsabilidad que se le pueda imputar a la empresa.

No existe responsabilidad:

En otros casos se pueden producir accidentes por fallos de maquinaria o de vehículos.

En general, la empresa no tendrá responsabilidad si demuestra que había llevado a cabo las revisiones correspondientes sobre la maquinaria que ha originado el accidente.

Por ejemplo, si el accidente ocurre con una máquina, la empresa deberá probar que estaba correctamente montada y que había pasado las revisiones pertinentes. Si el accidente ocurre con un vehículo de la empresa, y resulta que el siniestro se produjo por un fallo mecánico, el empresario quedará exento de responsabilidad si demuestra que el vehículo había pasado la ITV, o que había sido objeto de revisiones periódicas razonables.

En conclusión, la tendencia de nuestros tribunales es la de concluir que el empresario está obligado a prever los posibles descuidos o excesos de confianza de su personal, pero no será responsable de las temeridades de sus colaboradores ni de los accidentes por fallos mecánicos si la maquinaria o los vehículos han pasado las correspondientes revisiones.

Recuerden estar en permanente contacto con su servicio de prevención a fin de mantener toda su actividad preventiva actualizada y así evitar posibles responsabilidades. En el departamento de Employment Advisory estamos a su disposición para darles soporte en este o cualquier otro asunto en que se pueda derivar una responsabilidad empresarial.

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