Resolución del TEAC 2024: ¿Cómo afecta la valoración de participaciones en el IRPF?
El TEAC rechaza que a la regla especial de valoración de participaciones se le puedan aplicar correcciones de valor por deterioro de un crédito no contabilizado anteriormente.
Según la reciente resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 27 de mayo de 2024 00/04187/2021/00/00, se fijan dos posibles valores mínimos con una regla de valoración estricta, que no admite la posibilidad de modificar su valor ni aún existiendo errores contables en el balance.
En este caso, el contribuyente no pudo acreditar que el valor declarado de la transmisión de participaciones se ajustase al valor de mercado que hubieran convenido dos partes independientes, por lo que fue procedente aplicar la regla de valoración contenida en el artículo 37.1 b) de la ley sobre el Impuesto de la Renta de las Persona Físicas.
El anterior precepto establece que, cuando no sea posible poder acreditar el valor de transmisión de mercado, el valor de transmisión no podrá ser inferior a: el mayor importe entre el valor teórico del último ejercicio cerrado o el valor que resulte de capitalizar al 20% el beneficio de los tres últimos ejercicios.
Para este tribunal, aunque se pruebe que el balance adolece de errores, no se puede tomar un valor teórico al que se le aplique una corrección por dichos errores, ya que la normativa no prevé la posibilidad de tal corrección.