Prestaciones por nacimiento 2024: Impacto en familias monoparentales
Cómo afecta la Sentencia 140/2024 a las prestaciones de familias monoparentales
En virtud de Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024, de 6 de noviembre de 2024, ha cambiado el cómputo de la duración de la prestación por nacimiento y cuidado del menor para familias monoparentales.
A la espera de los correspondientes cambios normativos, a fin de aplicar lo estipulado en la Sentencia 140/2024, el INSS ha emitido Criterio de gestión 20/2024, de 18 de diciembre, en el que aclara el tratamiento que dará a las solicitudes de prestación por nacimiento y cuidado de menor de familias monoparentales
¿Qué dictamina el fallo del Tribunal Constitucional en la Sentencia 140/2024, de 6 de noviembre de 2024?
La Sentencia del Tribunal Constitucional N.º 140/2024, de 6 de diciembre, considera que el apartado 4 del art. 48 del Estatuto de los Trabajadores es inconstitucional por discriminatorio para las familias monoparentales. Reconoce a las madres biológicas en estas familias el derecho a ampliar su permiso por nacimiento y cuidado del menor en 10 semanas adicionales, correspondientes al otro progenitor (excluyendo las primeras 6 semanas obligatorias tras el parto).
El fallo subraya que la regulación actual vulnera los principios de igualdad y no discriminación del artículo 14 de la Constitución Española y afecta negativamente el interés superior del menor, perpetuando la discriminación indirecta por razón de sexo, ya que la mayoría de estas familias están encabezadas por mujeres.
Aplicación práctica establecida en el Criterio de gestión 20/2024 del INSS.
A la espera de que se emita normativa al respecto, se adoptan por el INSS los siguientes criterios interpretativos para resolver las solicitudes de prestaciones:
- Cuando exista un solo progenitor, acogedor o guardador, se amplía en 10 semanas la prestación por nacimiento y cuidado del menor y se hace extensiva a las situaciones de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar.
- Reconocimiento:
- Hechos causantes a partir del 6 de diciembre de 2024, fecha de publicación de la sentencia.
- Solicitudes presentadas después de la publicación de la sentencia por personas interesadas que ya hubiesen disfrutado de una parte o la totalidad de las 16 semanas ordinarias.
- Aquellas solicitudes y reclamaciones previas pendientes de resolver en la fecha de publicación de la sentencia.
- Se revisarán de oficio solicitudes que, habiendo sido denegadas, se encuentren en plazo de presentación de reclamación previa, o aquellas reclamaciones previas que, habiendo sido desestimadas, se encuentren en plazo de presentación de la demanda.
- No se aplicará la Sentencia a los supuestos particulares sobre los que ya haya recaído resolución administrativa firme o sentencia con fuerza de cosa juzgada, sin perjuicio de que, en estos casos, se pueda presentar una nueva solicitud.
En todos los casos, el disfrute de las semanas adicionales debe realizarse dentro de los 12 meses posteriores al nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. Además, la aplicación de este criterio tiene carácter transitorio hasta la modificación formal de las leyes involucradas.
La sentencia del Tribunal Constitucional y su aplicación provisional aplicando el Criterio de Gestión 20/2024, suponen un avance en la protección de derechos de las familias monoparentales, proporcionando igualdad de condiciones respecto de las familias con dos progenitores.