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Precios de transferencia: Novedades BEPS

Mª Ángeles Mariñas 14 sept 2021

Proyecto para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico publicó el informe Statement on a Two-Pillar Solution to Address the Tax Challenges Arising from the Digitalisation of the Economy (Declaración sobre una solución basada en dos pilares para abordar los retos fiscales derivados de la digitalización de la economía), en el que se presentan los recientes avances del proyecto BEPS 2.0.

En este contexto, 132 de las 139 jurisdicciones pertenecientes al Marco Inclusivo BEPS de la OCDE/G20 firmaron el pasado 1 de julio un acuerdo preliminar y condicional sobre la reforma del sistema internacional de tributación de los grandes grupos multinacionales. Este acuerdo se basa en dos pilares, el Pilar 1 y el Pilar 2.

El Pilar 1 se aplica a las multinacionales con un volumen de negocio superior a 20 mil millones de euros y una rentabilidad superior al 10%. También se prevé una reducción a 10 mil millones de euros del primer criterio de aplicación, en función del éxito de la aplicación de las medidas incluidas en el Pilar 1, a nivel de las distintas jurisdicciones, que se evaluará en los 7 años siguientes a la entrada en vigor de dichas medidas.

Su objetivo es poner en marcha mecanismos para asignar los derechos de imposición, respecto a una parte de los ingresos, a las jurisdicciones donde las grandes multinacionales tienen sus usuarios o clientes finales.

En cuanto al Pilar 2, es aplicable a las multinacionales con un volumen de negocio superior a 750 millones de euros, según la definición de la Acción 13 de BEPS (informe país por país) y tiene como objetivo principal la aplicación de un nivel mínimo de imposición efectiva, no inferior al 15%.

Este Pilar reúne:

  • Reglas a nivel nacional, incluidas en el modelo de Reglas Globales contra la Erosión de la Base ("GloBE"): la Regla de Inclusión de la Renta y la Regla de Pagos Infravalorados, que permitirán la imposición generalizada de un aumento de la tributación sobre las rentas no gravadas o sometidas a una menor imposición;
  • Normas a nivel de los Convenios de Doble Imposición Internacional ("CDI"): las Normas de Sujeción al Impuesto, que permitirán un aumento de los tipos de retención aplicables en virtud de estos instrumentos de derecho internacional a determinadas categorías de ingresos y pagos.

En resumen, el acuerdo descrito anteriormente revela la ambición de los miembros del Marco Inclusivo de lograr una imposición mínima global y, preferentemente, un impacto reducido sobre las multinacionales que realizan actividades económicas con contenido.

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