Pexels ono kosuki 5999944

Novedades del permiso retribuido por hospitalización familiar

Ana Ascanio 16 oct 2024

¿Cómo afecta la nueva sentencia al permiso por hospitalización de un familiar?

Como recordarán, uno de los cambios introducidos por el Gobierno en materia de permisos fue la nueva redacción del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores donde se establece un permiso retribuido para las personas trabajadoras que consistente en:

“Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella”.

Un tiempo después de la aprobación de este permiso, los tribunales están aclarando aspectos que generaban dudas desde su publicación.

Uno de los puntos a clarificar era el inicio de este permiso. Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional, emitida el pasado 12 de septiembre de 2024, concluye que toda persona trabajadora tiene la libertad de decidir cuándo comenzar los cinco días de permiso retribuido, sin que sea necesario que coincida con el día exacto del ingreso o el inicio de la enfermedad.

La sentencia también establece que, en ausencia de una regulación específica en los convenios colectivos, los días para disfrutar este permiso no pueden coincidir con días de descanso o festivos. Si el hecho causante ocurre en un día no laborable, el permiso no se iniciará hasta el primer día laborable siguiente.

Otro aspecto relevante es la acreditación del vínculo con la persona necesitada, ya sea cónyuge, pareja de hecho o familiar consanguíneo. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 27 de junio de 2024, dictamina que no es necesario demostrar la convivencia con el paciente ni la necesidad de cuidado para disfrutar de este derecho, salvo en casos de allegados no familiares.

Por tanto, únicamente se exigirá prueba de convivencia y necesidad de cuidado para allegados no familiares.

Las sentencias no son firmes y podrían ser recurridas al Tribunal Supremo, pero estos primeros pronunciamientos ofrecen una aproximación sobre cómo podrían resolverse algunas de las principales dudas sobre este nuevo permiso.

Desde el departamento de Employment Advisory, quedamos a tu disposición para ampliar esta información o resolver cualquier duda relacionada con este artículo.

¿Tienes alguna pregunta?
Baker Tilly en el mundo
43.000
Profesionales
$5,2 bn
Ingresos 2023
658
Oficinas
141
Territorios

Publicaciones

Artículo Laboral
Lina Marcela Palomares • 14 oct 2024
Artículo Fusiones y Adquisiciones
Baker Tilly • 10 oct 2024
Artículo ESG y sistemas de gestión
Baker Tilly • 23 sept 2024
Artículo ESG y sistemas de gestión
Baker Tilly • 23 sept 2024
Artículo Laboral
Víctor Jiménez • 18 sept 2024
Artículo Fiscal y Legal
Gabriel Beti • 6 sept 2024
Artículo Auditoría
Virginia Villalba • 5 sept 2024
Artículo Fiscal y Legal
Víctor Alconero Díaz • 28 ago 2024
Artículo Fiscal y Legal
Víctor Alconero • 29 jul 2024
Newsletter de Baker Tilly
Conoce las últimas novedades que pueden afectar a tu empresa
Suscríbete