
Modificación del Código Penal español: Nuevas sanciones penales si se incumplen las medidas restrictivas de la UE
Publicado el Anteproyecto de Ley Orgánica que modificará el Código Penal para incorporar nuevos delitos que vulneren las medidas restrictivas de la Unión Europea
El pasado 25 de marzo de 2025, el Gobierno de España aprobó el Anteproyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con el propósito de transponer la Directiva (UE) 2024/1226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la definición de los delitos y las sanciones por la vulneración de las medidas restrictivas de la Unión Europea.
Las medidas restrictivas son aquellas que se adoptan contra otros estados, territorios, organizaciones o individuos que representan una amenaza para la paz y la seguridad internacional. Incluyen tanto sanciones económicas (por ejemplo, restricciones a la importación/exportación de bienes/tecnologías o restricciones en servicios financieros) como sanciones individuales (congelación de activos, prohibiciones de entrada en un país, etc.).
En la actualidad, las medidas restrictivas de la UE afectan a más de 5000 individuos y entidades. Sin embargo, su aplicación y control dependen de cada país, por lo que se generan diferencias y su eficacia es limitada. En este contexto, la UE ha establecido ahora unos criterios homogéneos, con el objetivo de proteger la integridad y el cumplimiento de las medidas restrictivas impuestas por la UE.
En la práctica, el Anteproyecto introduce nuevos delitos que pueden derivar en responsabilidad penal a la persona jurídica como, por ejemplo, facilitar fondos a entidades sancionadas, llevar a cabo operaciones comerciales restringidas, permitir la entrada o tránsito de personas sancionadas en el territorio de algún estado miembro, etc.
El Anteproyecto se encuentra en consulta pública y su texto definitivo debe ser aprobado por las Cortes antes del 20 de mayo de 2025. Por lo tanto, el documento está sujeto a cambios, aunque es innegable que el Código Penal incorporará un nuevo catálogo de delitos. Esto quiere decir que las empresas deberán revisar y actualizar sus mapas de riegos penales y, si procede, establecer nuevas medidas preventivas y de control para garantizar que se respeten las medidas restrictivas de la UE.
Desde Baker Tilly os informaremos con detalle una vez se publique la nueva modificación del Código Penal español.