La AEDAF logra la suspensión parcial de la obligación tributaria de la DAC 6
La Asociación Española de Asesores Fiscales ha logrado que el Alto Tribunal se pronuncie sobre esta cuestión.
Se ha adoptado una medida cautelar que protege la confidencialidad de las comunicaciones entre los abogados dedicados a las planificaciones tributarias y los mecanismos que recoge la DAC 6 y sus clientes.
Tras la puesta en duda de la proporcionalidad de las medidas informativas recogidas en la DAC 6 por parte de países como Bélgica o Francia, el Alto Tribunal español abrió un trámite para que las partes opinaran acerca de si una reciente cuestión prejudicial planteada por el Tribunal casacional belga podía tener alguna incidencia en el procedimiento español y AEDAF planteó reconsiderar la posibilidad de suspender los preceptos del desarrollo reglamentario relacionados con la anulación parcial de la Directiva que había resuelto el TJUE.
De tal manera que lo considerado por el TJUE, que estima que cuando la obligación de notificar a cualquier otro intermediario afecta a un abogado sujeto al deber de secreto profesional, se vulnera el derecho al respeto de la confidencialidad de comunicaciones entre abogado y cliente previsto en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, es trasladado por el Alto Tribunal a través de su Auto del 27 de febrero de 2023 por el cual se acuerda adoptar la medida cautelar solicitada con relación a esta cuestión, concediendo la suspensión de la aplicación del párrafo segundo del artículo 45.4.b) del RGAT.