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Employer of Record en España: Nuevas oportunidades tras fallo del TJUE

Daniel López 11 nov 2024

La nueva sentencia del TJUE y el futuro de la subcontratación laboral

Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 24 de octubre de 2024 cuestiona los límites del modelo de Empresa de Trabajo Temporal en España y podría traer importantes consecuencias para empresas y trabajadores/as subcontratados. En el centro de este caso está una trabajadora contratada por una subcontrata de Microsoft, cuyo despido ha abierto el debate sobre qué debe considerarse ETT y los derechos de los empleados cedidos. Esta decisión podría allanar el camino para modelos como el Employer of Record en España, con implicaciones para los derechos de los empleados y las responsabilidades de las empresas.

La cuestión prejudicial y el fallo del TJUE

El caso comenzó con una trabajadora en España contratada por LeadMarket, una subcontrata que prestaba servicios a Microsoft. Después de hacer prácticas en Microsoft, la trabajadora fue contratada a través de varias empresas de servicios para seguir trabajando para la multinacional. En 2020, cuando la trabajadora estaba embarazada, Microsoft comunicó a LeadMarket que no renovaría el contrato entre ambas empresas, citando motivos presupuestarios. Tras reincorporarse de la baja de maternidad y otros permisos, LeadMarket despidió a la trabajadora, alegando una caída en la demanda de proyectos.

La trabajadora demandó a LeadMarket y Microsoft, defendiendo que su relación laboral real era con Microsoft y solicitando que el despido fuera declarado nulo. Un juzgado español anuló el despido, pero solo condenó a LeadMarket, argumentando que no existía una cesión ilegal de trabajadores. Esto llevó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid a plantear varias cuestiones prejudiciales al TJUE sobre si una subcontratación de este tipo debía cumplir con las obligaciones de una ETT y, de ser así, si Microsoft sería responsable de los derechos laborales de la trabajadora.

La respuesta del TJUE ha sido determinante: si una empresa cede trabajadores bajo la dirección y el control de otra, debe asumir las obligaciones de una ETT, aunque no tenga autorización administrativa. Esta interpretación permite aplicar la normativa de ETT a cualquier compañía que cumpla con la definición europea de “puesta a disposición” de personal, lo cual introduce una gran flexibilidad para el uso de alternativas a las ETT tradicionales.

Una puerta abierta para el modelo Employer of Record

Este fallo representa un cambio potencialmente radical en la regulación laboral en España.

En un artículo anterior, mencioné que la figura del Employer of Record (EoR) aún no tiene un reconocimiento legal específico en España, pero que su implementación podría simplificar la subcontratación y gestión de personal extranjero. Ahora, con la reciente interpretación del TJUE, el uso del EoR en España se aproxima más a un marco normativo definido. Este modelo, que permite a empresas contratar y gestionar empleados en otros países sin necesidad de una entidad legal local, podría ofrecer una solución flexible y eficiente para empresas que deseen operar en España sin incurrir en complejidades administrativas. Sin embargo, es fundamental que las empresas evalúen cuidadosamente sus acuerdos de subcontratación, ya que los riesgos de incurrir en una “cesión encubierta” de personal se vuelven más tangibles bajo esta nueva interpretación.

Implicaciones clave para empresas y empleados

  • Para las empresas: La sentencia introduce una mayor flexibilidad en el uso de modelos de contratación, permitiendo que figuras como el EoR sean una alternativa viable a las ETT tradicionales. No obstante, este cambio también aumenta las responsabilidades empresariales, ya que amplía la definición de ETT a cualquier empresa que ceda trabajadores bajo el control de la empresa usuaria, lo que podría incrementar los costes de subcontratación. Las empresas que dependan de proveedores de servicios, especialmente en sectores como la tecnología, deberán revisar sus contratos para evitar posibles sanciones o responsabilidades adicionales en despidos y reclamaciones laborales.
  • Para los empleados/as: La sentencia del TJUE representa un paso hacia una mayor protección para los trabajadores/as subcontratados. Los empleados/as cedidos bajo el control de una empresa usuaria pueden beneficiarse ahora de los mismos derechos y condiciones laborales que los empleados directos, incluyendo un salario equivalente. Esto facilita también que los empleados puedan demandar a la empresa usuaria en casos de despidos o incumplimientos, reforzando su posición en el mercado laboral.

Este fallo del TJUE representa un hito en el marco laboral español, alineándolo con las tendencias de otros mercados europeos. La sentencia no solo promueve una mayor flexibilidad en la subcontratación, sino que también impulsa una protección laboral reforzada para los trabajadores cedidos.

Aunque el camino hacia una regulación completa del Employer of Record en España aún es largo, esta decisión del TJUE marca un primer paso crucial.

La sentencia completa adjunta ofrece detalles adicionales para quienes deseen profundizar en las implicaciones de este fallo.

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