Fin de la Teoría del Vínculo en Deducciones del Impuesto sobre Sociedades
El Tribunal Supremo ratifica el fin de la teoría del vínculo en deducciones del Impuesto sobre Sociedades
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia crucial el 2 de noviembre de 2023, confirmando un cambio significativo en la deducibilidad de las retribuciones de los administradores sociales en el Impuesto sobre Sociedades. Esta decisión marca el fin de la aplicación de la "teoría del vínculo" y establece un nuevo precedente en la consideración de las retribuciones de los directores generales con contrato laboral de alta dirección, que también son parte de los Consejos de Administración.
Anteriormente, se consideraba una liberalidad no deducible la retribución por funciones de dirección cuando los estatutos establecían que el cargo era gratuito. La "teoría del vínculo" se utilizaba para negar la deducibilidad de la retribución y el sueldo como trabajador cuando existían ambas vinculaciones. La nueva sentencia del Tribunal Supremo revoluciona esta práctica al establecer que las retribuciones a los directores generales son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que correspondan a una prestación de servicios real y efectiva, independientemente de la denominada "doctrina del vínculo".
Esta decisión clarifica y pone fin a años de controversia sobre la deducibilidad de estas retribuciones, proporcionando a las empresas una mayor certeza en la gestión fiscal. Ahora, las empresas pueden aplicar deducciones de manera más clara y justa, basadas en la naturaleza real de las prestaciones de servicios de los directores generales.