El Tribunal Supremo extiende el principio de regularización integral
Extiende este principio de regularización integral a procedimientos de gestión tributaria y comprobación limitada.
En su sentencia de 28 de febrero de 2023, rec. nº. 4598/2021, el Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que el principio de regularización íntegra es aplicable cuando la Administración comprueba un hecho imponible y emite informes de auditoría, imputándolo al ejercicio correspondiente. Aunque el contribuyente haya pagado la deuda fuera del plazo legal, pero antes de la regularización, se debe considerar esta circunstancia para evitar el doble pago por la misma deuda tributaria.
En este sentido, la Administración debe analizar tanto los aspectos desfavorables como los favorables para el contribuyente dentro del proceso de comprobación. Es su responsabilidad ajustar la deuda única a la realidad de la autoliquidación tardía y evitar que el contribuyente tenga que iniciar una solicitud adicional para obtener lo que ya podría derivar del procedimiento abierto.
El principio de regularización íntegra implica que Hacienda debe considerar todas las correcciones y ajustes necesarios para rectificar la situación fiscal, independientemente de si han beneficiado o perjudicado a la Administración. El Tribunal enfatiza que la Administración no es dueña del procedimiento ni de los tributos, sino un mero servidor instrumental, y debe actuar de oficio para garantizar la correcta aplicación de este principio.
En este caso concreto, se ha evidenciado una doble imposición debido a la falta de actuación de la Administración para evitar el doble pago. El Tribunal destaca la simplicidad de los hechos y subraya el derecho de la recurrente a no sufrir esta situación injusta.