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Programa Kit Digital 2024: Guía para Pequeñas Empresas y Autónomos

Virginia Villalba Sep 5, 2024

Cómo maximizar el beneficio del Programa Kit Digital antes del 2025:

El Programa de Kit Digital es una oportunidad única para que pequeñas empresas y autónomos avancen en su digitalización. Con ayudas disponibles hasta finales de 2024, es crucial registrar correctamente su impacto financiero para asegurar un crecimiento sostenible en la era digital. En este artículo os decimos cómo contabilizarlo.

El Programa de ayudas Kit Digital 2024 ofrece un impulso decisivo para que pequeñas empresas, medianas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio den el salto hacia la digitalización. Estas ayudas, diseñadas para elevar el nivel de madurez digital, están disponibles hasta el 31 de diciembre de 2024, con seis meses para utilizarlas y otros seis para justificar su aplicación.

Involucra a tres actores clave: los beneficiarios, los agentes digitalizadores autorizados, que garantizan la viabilidad técnica, y las entidades colaboradoras, que gestionan las ayudas. En este punto es relevante destacar que los agentes digitalizadores son los responsables de justificar las acciones realizadas.

Desde la perspectiva contable, ¿cómo debemos tratar el Programa Kit Digital? Estas ayudas deben registrarse conforme a la Norma de Registro y Valoración (NRV) 18ª del Plan General de Contabilidad, tal y como aclaró el ICAC en su consulta 3 BOICAC n.º 138 de junio de 2024. Por tanto, la subvención se debe contabilizar en el ejercicio en que se cumplan los requisitos para ser considerada no reintegrable y se imputa a resultados según su finalidad. Este tratamiento contable asegura que la ayuda se refleje adecuadamente en los estados financieros, cumpliendo con la normativa vigente y proporcionando una imagen fiel de la situación financiera de la empresa o autónomo beneficiario. 

En definitiva, este apoyo financiero, vital para avanzar en la era digital, debe registrarse contablemente cuando se confirme que no es reintegrable, según la normativa vigente. La imputación a resultados dependerá de su uso, garantizando que cada euro invertido se refleje fielmente en las cuentas. ¡Un paso decisivo para quienes buscan competitividad en un mundo cada vez más digital!

Cómo maximizar el beneficio del Programa Kit Digital antes del 2025:

El Programa de Kit Digital es una oportunidad única para que pequeñas empresas y autónomos avancen en su digitalización. Con ayudas disponibles hasta finales de 2024, es crucial registrar correctamente su impacto financiero para asegurar un crecimiento sostenible en la era digital. En este artículo os decimos cómo contabilizarlo.

El Programa de ayudas Kit Digital 2024 ofrece un impulso decisivo para que pequeñas empresas, medianas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio den el salto hacia la digitalización. Estas ayudas, diseñadas para elevar el nivel de madurez digital, están disponibles hasta el 31 de diciembre de 2024, con seis meses para utilizarlas y otros seis para justificar su aplicación.

Involucra a tres actores clave: los beneficiarios, los agentes digitalizadores autorizados, que garantizan la viabilidad técnica, y las entidades colaboradoras, que gestionan las ayudas. En este punto es relevante destacar que los agentes digitalizadores son los responsables de justificar las acciones realizadas.

Desde la perspectiva contable, ¿cómo debemos tratar el Programa Kit Digital? Estas ayudas deben registrarse conforme a la Norma de Registro y Valoración (NRV) 18ª del Plan General de Contabilidad, tal y como aclaró el ICAC en su consulta 3 BOICAC n.º 138 de junio de 2024. Por tanto, la subvención se debe contabilizar en el ejercicio en que se cumplan los requisitos para ser considerada no reintegrable y se imputa a resultados según su finalidad. Este tratamiento contable asegura que la ayuda se refleje adecuadamente en los estados financieros, cumpliendo con la normativa vigente y proporcionando una imagen fiel de la situación financiera de la empresa o autónomo beneficiario. 

En definitiva, este apoyo financiero, vital para avanzar en la era digital, debe registrarse contablemente cuando se confirme que no es reintegrable, según la normativa vigente. La imputación a resultados dependerá de su uso, garantizando que cada euro invertido se refleje fielmente en las cuentas. ¡Un paso decisivo para quienes buscan competitividad en un mundo cada vez más digital!

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